Comunidad Educativa Montesina

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Bienvenid@s al blog de Comunidades Educativas del Municipio Montes, cuyo propósito es el de difundir información relativa al ámbito educativo, proyectar y promocionar actividades que se realicen en el contexto formativo del Municipio Montes, el Corazon Dulce de Oriente, y cualquier otra de interés al servicio de la comunidad.

Cualquier aporte al crecimiento de este enlace, será bienvenido, ya que el mismo estará en construcción permanente y el trabajo colectivo, contribuirá a su desarrollo



Prof. Ricardo Carreño

Coord. de Comunidades Educativas

Municipio Escolar N° 12

Cumanacoa, 10 de febero de 2012



Así Inició el Año Escolar 2011- 2012

Así Inició el Año Escolar 2011- 20112

Todo inicio de año escolar se configura como un cúmulo de expectativas, sueños, ilusiones, aspiraciones, acompañadas de nervios, temores e incertidumbres por el camino a transitar.
Este compendio de sensaciones que reafirman la multidimensionalidad humana, se constituye en una generalidad que año tras año, aún en la cotidianidad, es parte vivencial de los actores de las instituciones educativas, con sus particularidades, caracterizadas por la diversidad, pero emparentadas en la similitud.
Como una manera de palear las inevitables sensaciones de la chiquillada y los guías y conductores de los procesos formativos, padres, representantes o responsables, quienes coparticipan de estas dimensiones y hacerlas disimuladamente imperceptibles para irlas transfigurando en situaciones confortables, dándole amplitud a la precepción del coso institucional, en la reivindicación de la segunda casa de los y las estudiantes (la escuela) y la revitalización de la frase adjetiva de “Los segundos padres” (los docentes), con acciones que coadyuvarían a que ese inicio; ese primer encuentro, ese nuevo camino a transitar, sea atractivamente inolvidable.
En este sentido, el Sistema Educativo Bolivariano, impulsado por el Gobierno Nacional a través del Ministerio del Poder Popular para la Educación, caracterizado por la reivindicación de la Educación Venezolana, la igualdad, la inclusión, el Buen Vivir, el humanismo puro y la innovación, ha hecho eco de sus principios para constituir ese ambiente armonioso de constante interacción entre la escuela, sus actores y entorno, en un espacio de alegría de necesaria pertinencia, pertenencia y dependencia gratificante de crecimiento personal y comunitario; constituyéndose en el desarrollo nacional con una visión contextual latinoamericana y caribeña.
En ese constante innovar, en aras de la potencialización de los saberes y de las relaciones interpersonales que conllevan al “Vivir viviendo”, en función del bienestar social, en absoluta articulación con las políticas implementadas en otros ámbitos de la vida pública; el año escolar 2011 – 2012, ampliando los horizontes, promueve por medio de acciones efectivas con un carácter lúdico, concatenado con las macro dimensiones de abordaje institucional y las políticas de mayor relevancia, una serie de actividades que derrumban, la inefectiva, castrante y desgastado primer contacto de la famosa redacción de la experiencia vivida en las vacaciones, con la cual se iniciaba el primer encuentro docente – estudiante, que muchas veces se convertía en la transcripción de fantasías, para quienes no pudiendo salir de paseos en el período vacacional, entre otro número de situaciones que no es menester retomar.
Es así como el Sistema Educativo Bolivariano, en ese constante desarrollo, promociona para el año escolar 2011 – 2012, actividades que estimulan el placentero retorno a clases con desfiles, charlas, conversatorios, juegos, actividades artísticas, deportivas, entre otras que de forma articulada con la reafirmación de los saberes y conocimientos, impulsa el acercamiento interpersonal e interinstitucional
No conforme con esto, este nuevo año, año de expectativas, año de beneplácitos, el Gobierno Nacional, dota de textos escolares a todos y cada uno de los niños, niñas y adolescentes de Educación Primaria, junto a artículos de uso escolar (libretas) de calidad que redundarán en una paliativo a la economía familiar, como también la potencialización de la acción educativa, promulgando la igualdad y la inclusión.
Por otro lado, la continuidad en el otorgamiento de equipos de computación a los mismos, ampliando el espectro a cubrir, hasta llegar a la totalidad, y la actualización de las Canaimas, como cariñosamente se les reconoce, para el tercer grado. Del mismo modo el reimpulso y repotenciación del Programa de Alimentación Escolar (P.A.E.) con el convenio MERCAL – PDVAL., garantizando así la efectividad del servicio, en beneficio de docentes y estudiantes; sin dejar de mencionar los gracias contractuales convenidas entre el Ejecutivo y los Docentes Nacionales.
En otro sentido, es necesario destacar que en un importante número de instituciones, la concurrencia a las mismas estuvo signada por tendencia a la baja en la afluencia, los primeros días, pese al permanente llamado a la reincorporación. proyectándose contar con la asistencia masiva para la semana que inicia el 26 de los corrientes, por lo que algunas instituciones reorientarán las actividades programáticas planificada, para la fecha estimada, a fin de hacer extensiva y equitativa la experiencia enriquecedora planeada para inicio de año escolar, a todos y todas las estudiantes de manera articulada con las actividades específicas del grado, la potencialización de los saberes y la interacción humana, en función de la integralidad e integridad de los conocimientos y la multidimensionalidad de los actores del proceso.
Prof. Ricardo Carreño

Honores a los Símbolos Patrios

Honores a los Símbolos Patrios

Actividades deportivas y lúdicas

Actividades deportivas y lúdicas

Dotación y Actualización Canaimas

Dotación y Actualización Canaimas

Textos Escolares

Textos Escolares

Colección Bicentenaria

Colección Bicentenaria
Colección Bicentenaria

Dotación de Textos Escolares

Dotación de Textos Escolares

Actividades Culturales

Actividades Culturales
Actividades Culturales

Desfile a la Prevención

Desfile a la Prevención

Entusiasmo manifiesto

Entusiasmo manifiesto

Dotación Alimenticia PDVAL -MERCAL

Dotación Alimenticia PDVAL -MERCAL

Programa de Alimentación Escolar

Programa de Alimentación Escolar

PAE ( MERCAL-PDVAL)

PAE ( MERCAL-PDVAL)

Diálogo de Saberes

Diálogo de Saberes
Eduación Ambiental

Edificación Nueva sede Liceo de Arenas

Edificación Nueva sede Liceo de Arenas

sábado, 24 de noviembre de 2012

Acta constitutiva de los Consejos Educativos

Nosotros: ­­­­­­­­­­­­­­__________________, ___________________, __________________________, ­______________________, _________________, ___________________, _________________, _________________, _____________, ____________________ venezolanos, mayores de  edad, Civilmente hábiles, titulares de la cédula de Identidad N° __________, ____________, ___________, _______________, ______________, _______________, ______________, ________________, _____________, __________________,voceros de los Comité de _____________, ______________, _______________, ______________ respectivamente hemos convenido en constituir como en efecto constituimos, formalmente en este acto, el Consejo Educativo, instancia ejecutiva de carácter social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas, el cual se regirá por las cláusulas  que a continuación se enumeran, redactadas con suficiente amplitud para que sirvan de  Acta  Constitutiva  Estatuaria. ---------------------------------------------------------------------------
CAPÍTULO I
DE LA DENOMINACIÓN – DOMICILIO – DURACIÓN Y OBJETO.
CLÁUSULA PRIMERA: Se denominará Consejo Educativo, es instancia ejecutiva de carácter social, democrática, responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas, que agrupa a los colectivos que conforman la comunidad educativa del _________________________________, tendrá su domicilio en la ciudad de:______ Municipio: ________, Estado Sucre.----------------
CLÁUSULA SEGUNDA: el Consejo Educativo tendrá una duración ilimitada y no se extingue por la muerte, interdicción, o separación de cualquiera de sus miembros. Sin embargo la misma podrá extinguirse por decisión da la mayoría en Asamblea Escolar. ------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA TERCERA: Los objetivos del Consejo Educativo son: 1) Garantizar el desarrollo y defensa de una educación integral y permanente, de calidad para todos y todas, democrática, gratuita, obligatoria, liberadora, transformadora, emancipadora como derecho humano y deber social fundamental en igualdad de condiciones y oportunidades, sin discriminación, sin distingo de edad, género, con respeto a sus potencialidades, a la diversidad étnica, lingüística y cultural, atendiendo a las características locales, regionales y nacionales; 2) Impulsar la formación integral de las ciudadanas y los ciudadanos, fortaleciendo sus valores étnicos, humanistas sociales, garantizando la convivencia comunal, sus deberes y derechos colectivos; 3) Profundizar desde el proceso curricular, los ejes integradores: ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las tecnologías de la información libre, a partir de la conformación de colectivos de aprendizaje; 4) Garantizar la organización del Consejo Educativo y su funcionamiento en los niveles y modalidades del subsistema de educación básica; y 5) Propiciar espacios de participación protagónica y corresponsable para la organización, planificación, ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), a partir de la concepción de la escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y la comunidad como centro del quehacer educativo. ---------------------------------------------------------
CLÁUSULA CUARTA: Los miembros del Consejo Educativo del plantel _____________ son las personas que suscriben la presente Acta Constitutiva Estatuaria, en su condición de voceros de los distintos comités del citado plantel.
Corresponde al Consejo Educativo: 1) Participar en el diseño de estrategias que contribuyan con el desarrollo socioproductivo a partir del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) en correspondencia con los Proyectos de Aprendizaje (PA). 2) Articular, integrar y coordinar de manera intra e interinstitucional mecanismos orientados al fortalecimiento de la gestión escolar, garantizando permanentemente la organización estudiantil en el subsistema de educación básica. 3) Coordinar acciones que contribuyan con la formación de una conciencia ecológica a fin de preservar, defender la biodiversidad, la sociodiversidad, las condiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos naturales. 4) Elaborar y ejecutar acuerdos de convivencia escolar y comunitaria para la construcción y preservación de una cultura de paz de las instituciones educativas oficiales y privadas, donde todas y todos los responsables y corresponsables de la Instancia orgánica escolar deben participar de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y demás Leyes, Normativas y presentarlas en Asamblea Escolar del Consejo Educativo para su aprobación. 5) Aplicar mecanismos de contraloría social en los aspectos curriculares y administrativos que permitan de manera protagónica, participativa y corresponsable la evaluación de la gestión de planes, programas y proyectos educativos de las Instituciones educativas oficiales y privadas, en correspondencia con el Proyecto Nacional Simón Bolívar y la política pública del Estado. 6) Promover una cultura para el conocimiento, comprensión, uso, análisis crítico y reflexivo de contenido de los medios de comunicación social, públicos, privados y alternativos, para el fortalecimiento de una convivencia ciudadana y una cultura de paz, territorialidad y nacionalidad, estableciendo corresponsabilidad con la formación y activación de un órgano constitutivo de usuarias y usuarios, haciendo uso de los recursos que dispone el Estado para la contraloría social. 7) Organizar el voluntariado social como escuela generadora de conciencia social y activadora del deber transformador de cada instancia de trabajo. 8) Sistematizar, socializar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 9) Convocar y coordinar asambleas de voceras y voceros de las instituciones educativas oficiales y privadas, viabilizando los procesos para la toma de decisiones y su segu8imiento y controlen colectivo sobre los asuntos de la gestión escolar. 10) Desarrollar en las y los docentes, las familias y la comunidad de forma integrada, la formación permanente en las políticas educativas y en las temáticas relacionadas con los ejes integradores para el proceso curricular: ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y tecnologías de la información libre en el marco de la gestión educativa; y las demás que define el artículo 7 de la Resolución 058 publicada en la Gaceta Oficial Nº 397.068----------------------------------------------------
CAPITULO II
DE LOS ÓRGANOS QUE CONFORMAN EL CONSEJO EDUCATIVO
CLÁUSULA QUINTA:  El Consejo Educativo estará conformado por los siguientes órganos: 1) Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables; 2) Comité Académico; 3) Comité de Seguridad y Defensa Integral; 4) Comité de Comunicación e Información; 5) Comité de Ambiente, Salud Integral y Alimentación; 6) Comité de Educación Física y Deportes; 7) Comité de Cultura; 8) Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar; 9) Consejo Estudiantil; 10) Comité de Contraloría Social; y, de otros que se consideren pertinentes, siempre y cuando su conformación sea impar. Igualmente formarán parte del Consejo Educativo la directiva de la Institución Educativa, la cual tiene un solo voto en el proceso de decisión que defina esta Instancia; y las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las Instituciones Educativas.--------------------------------------------------
Los miembros del Consejo Educativo serán electos por la Asamblea Escolar, durarán un (01) año en ejercicio de sus funciones contados a partir del momento de su elección, pudiendo ser reelegidos. A mitad de período los miembros podrán ser  revocados mediante referéndum, según las previsiones del artículo 72 de la CRBV. ---------------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA SEXTA: El Comité de Madres, Padres y Responsables: estará conformado por las vocerías de madres, padres, representantes y responsables, como también por las vocerías de los colectivos sociales de la comunidad y de la escuela; El comité Académico: estará conformado por las vocerías del colectivo de formación e investigación permanente, estudiantes, trabajadores y trabajadoras administrativas, directivos y directivas, obreros y obreras; El Comité de Comunicación e Información: estará conformado por las vocerías de estudiantes, directivas, directivos, docentes, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y las organizaciones comunitarias del poder popular; El Comité de Seguridad y Defensa Integral: estará conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros; El Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral: estará conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadores y trabajadoras administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros; El Comité de Deportes y Educación Física: estará conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias entre otros; El Comité de Cultura: estará conformado por las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias entre otros; El Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar: estará conformado por las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras y trabajadores administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias entre otros; El Comité de Contraloría Social: estará conformado por las vocerías de los distintos Comités que conforman que integran el Consejo Educativo, así como también las vocerías de las organizaciones comunitarias. ------------------------
CAPÍTULO III
DE LAS FUNCIONES DE LOS COMITÉS
CLÁUSULA SÉPTIMA: Corresponde al Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables las siguientes Funciones: 1) Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo Educativo, a través de las y los voceros y viabiliza sus decisiones. 2) Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas, culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo Educativo u otra Instancia  comunitaria o del Estado. 3) Participar en la Construcción, ejecución, control, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Integral Comunitario (P.E.I.C). 4) Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y recuperación de los bienes, muebles e inmuebles e infraestructura de las Instituciones Educativas. 5) Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar en la atención educativa integral en los procesos de enseñanza-aprendizaje de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la elaboración y ejecución de los planes de acción. 6) Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7) Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.-----------------------------------------------------
CLÁUSULA OCTAVA: Corresponde al Comité Académico: 1) Impulsar la formación permanente e integral de todas y todos los responsables y corresponsables que constituyen el Consejo Educativo, en los aspectos pedagógicos, ecológicos, ambientales, culturales, recreativos, deportivos, socioproductivos, agroalimentarios, de salud, comunicacional, de investigación e innovación, tecnológico, experiencias y saberes originarios con el fin de generar una nueva ciudadanía con responsabilidad social y soberanía cognitiva, que coadyuve el desarrollo pleno de la personalidad para la transformación social, consustanciados con los valores del humanismo democrático, así como la identidad nacional con visión latinoamericana y Caribeña. 2) Promover la actualización y mejoramiento del nivel de conocimientos y desempeño de las y los responsables de la formación de ciudadanas y ciudadanos. 3) Participar conjuntamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la planificación y ejecución de la evaluación del desempeño de las y los responsables de la gestión escolar. 4) Impulsar el proceso curricular según la realidad local, municipal, regional y nacional en el marco del enfoque geohistórico. 5) Participar protagónicamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en la gestión escolar. 6) Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional; y 7) Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea escolar.-----------------------------------------------------
CLÁUSULA NOVENA: Corresponde al Comité de Comunicación e Información: 1) Impulsar la conformación de formas y medios de comunicación (Impresos, radiales y audiovisuales) en las Instituciones educativas y en la comunidad. 2) Hacer uso de la tecnología de la información y la comunicación para coordinar, organizar y orientar la gestión escolar. 3) Participar en la creación y organización de un sistema de comunicación Institucional, comunitario y alternativo, así como en la conformación del Comité de usuarias y usuarios para promover y defender los derechos e intereses comunicacionales de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos. 4) Participar y articular acciones con los medios públicos, alternativos y comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y programas educativos, sociales y culturales que promuevan la conciencia social, convivencia en armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivir bien. 5) Impulsar la conformación de los Comité de usuarios voluntarios con el propósito de fortalecer el uso reflexivo y crítico de los mensajes transmitidos a través de los medios de comunicación social. 6) Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7) Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.-----------------------------------------------------
CLÁSULA DÉCIMA: Corresponde al Comité de Seguridad y Defensa Integral: 1) Elaborar y coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones conjuntas entre familia, escuela y comunidad para contrarrestar cualquier expresión de violencia en la escuela y su entorno. 2)Impulsar acciones para la formación permanente del Consejo Educativo que potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgo para la integridad de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos. 3) Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos y la protección de las instituciones educativas, con los entes de seguridad ciudadana, tales como: Policía Nacional Bolivariana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos Comunales y Comunas, Salas de Batalla, Oficina Nacional Antidrogas (ONA), Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana (DBISC), entre otros. 4) Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de seguridad, mapas de estrategias para la seguridad y protección de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas, adultos y la protección de las Instituciones Educativas. 5) Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situaciones de emergencia, entre otros, en el marco de la articulación intra e interinstitucional y la comunidad para la prevención de riesgos. 6) Realizar inventario de los daños causados en las Instituciones educativas, correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades evidenciadas. 7) Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a la formación permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas de las Instituciones Educativas y comunidades. 8) Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en esta materia en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 9) Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar. ---------------------------------------------------------
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: Corresponde al Comité de Ambiente, Alimentación y Salud Integral: 1) Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral para potenciar el desarrollo local, regional y nacional, a través de experiencias, saberes populares y ancestrales que contribuyan con la preservación y conservación del ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la comunidad. 2) Garantizar el desarrollo del Programa de alimentación Escolar (PAE) junto con los Consejos Comunales. 3) Fortalecer la función social de la Escuela a través del desarrollo de jornadas de prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños, jóvenes, adolescentes, adultas y adultos, con articulación intra e Interinstitucional con Barrio Adentro, Comité de los Consejos Comunales y Comunas, Centros de Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto Nacional de Nutrición, entre otros. 4) Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso educacional para que participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema alimentario de las Instituciones educativas y en la preservación y conservación del ambiente. 5) Garantizar la salud integral a través de acciones que creen conciencia individual y colectiva sobre una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva y sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión, seguimiento, control y evaluación del servicio alimentario de las Instituciones educativas. 6) Promover una educación en salud preventiva no solo con el uso de la medicina convencional, sino también con la medicina alternativa como parte de los saberes populares y ancestrales en lo local, regional y nacional. 7) Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente, defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía nacional. 8) Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 9) Elaborar y prestar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea escolar.-------------------------------------------------------------------------------------------------
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: Corresponde al Comité de Deportes, Actividad física y Educación Física: 1) Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de planificar, ejecutar y evaluar la educación física y el Deporte en las Instituciones Educativas. 2) Crear colectivos de educación física y Deportes que fortalezcan la salud integral de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la comunidad circundante. 3) Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes proyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las Instituciones del Estado. 4) Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de las habilidades deportivas en las diferentes disciplinas. 5) Garantizar el cuido y mantenimiento de las Instalaciones deportivas existentes en las Instituciones educativas. 6) Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 7) Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de deportes y la educación física. 8) Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: Corresponde al Comité de Cultura: 1) Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente su historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas nacionales libertarias. 2) Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria. 3) Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redes escolares y culturales en cada instancia de organización y participación comunitaria. 4) Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y consolidación del P.E.I.C y la integración de toda la comunidad en la gestión escolar. 5) Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores del proceso curricular. 6) Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con las organizaciones comunitarias e instituciones del estado a nivel local, regional y nacional. 7) Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes, directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de la comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias de los pueblos y comunidades indígenas y afrovenezolanas, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y organización social que constituyen los valores de la Nación. 8) Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 9) Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica sistemática de actividades culturales. 10) Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.---------------------------------------
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: Corresponde al Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar: 1) Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientes aspectos: ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta física, sistema eléctrico, Instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes, dotación (mobiliarios y equipos), entre otros. 2) Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente discutido, para atender las necesidades detectadas en función de generar las posibles alternativas de solución. 3) Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que sean construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de calidad establecidos para la construcción de la planta física escolar. 4) Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las instituciones educativas. Así mismo, jornadas para la seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar. 5) Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y las organizaciones comunitarias, actividades de promoción y prevención en el marco de la gestión integral del riesgo y desastres. 6) Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos, local, municipal, regional o nacional. 7) Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la asamblea Escolar.------
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: Corresponde al Comité de Contraloría social: 1) Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se planifiquen, ejecuten y desarrollen en las Instituciones educativas. 2) Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los integrantes de los colectivos sociales en relación a la gestión de los comités que conforman el Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar. 3) Divulgar los soportes jurídicos vinculantes al Consejo Educativo y garantizar su cumplimiento. 4) Garantizar el estricto cumplimiento del calendario escolar, los procesos pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras  que viabilizan el currículo, los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios académicos, la cuadratura, la sinceración de nómina, la matricula, la inscripción y las estadísticas de las Instituciones Educativas. 5) Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de los bienes y servicios, obras de infraestructura  ejecutadas en las Instituciones Educativas; así como los procesos relacionados con el servicio alimentario (insumos, abastecimiento, procesamiento y distribución), higienes, manipulación y calidad de los alimentos, menú suministrado y contratación de los servicios, entre otros. 6) Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento ante los organismos competentes de las irregularidades pedagógicas, administrativas y jurídicas detectadas en las Instituciones Educativas. 7) Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en los ámbitos local, municipal, regional y nacional. 8) Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la Asamblea Escolar.---------------------------------------
CAPÍTULO IV
DE LA ASAMBLEA ESCOLAR Y LAS ASAMBLEAS.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: La Asamblea Escolar es la máxima instancia de participación, deliberación y toma de decisiones del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las leyes y demás normas que rigen el subsistema de Educación Básica. La Asamblea estará conformada por las y los responsables y corresponsables como sujetos claves del proceso educativo vinculados a la gestión escolar.------------------------------------------------------------------
La elección de los miembros de los distintos comités, se hará en Asamblea, donde participará todos los actores claves del proceso educacional.------------------
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: La Asamblea se constituirá válidamente cuando se le convoque con setenta y dos (72) horas de antelación a la celebración de la Asamblea, dicha convocatoria deberá incluir la agenda a tratar, las acciones comunicacionales y de compromiso que promuevan la participación protagónica. CLAUSULA DECIMA OCTAVA: La Asamblea Escolar estará integrada por las y los responsables y corresponsables como sujetos claves del proceso educativo vinculados a la gestión escolar.------------------------------------------------------------------
CLAUSULA DÉCIMA NOVENA: Las sesiones de la Asamblea Escolar, podrán ser ordinarias o extraordinarias, y ambas sesiones se realizarán según las siguientes reglas: Sesiones Ordinarias: es aquella que se convoca cada tres (03) meses con la finalidad de abordar y hacer el control y seguimiento de la gestión escolar; y Sesiones Extraordinarias: son aquellas que se convocan cuando lo amerite el caso a criterio del Consejo Consultivo. Al inicio de cada año escolar en los primeros quince (15) días se convoca la primera Asamblea con la finalidad de elegir el Consejo Educativo.-----------------------------------------------------------------------
 CLAUSULA VIGÉSIMA: Corresponde a la Asamblea Escolar: 1) Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política educativa del Estado. 2) Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del año escolar. 3) Definir criterios para la revocatoria del mandato de las y los integrantes de los diferentes comités, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), La ley Orgánica de Educación (2.009), la Ley Orgánica para la Protección de niños, niñas y adolescentes (2.007) y el conjunto de leyes del Poder Popular (2.010-2.011) que garantizan los derechos de las ciudadanas y los ciudadanos. 4) Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud, socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes, los cuales se enmarcan en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se articularán con los proyectos de la comunidad organizada y organismos del Estado. 5) Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del Consejo Educativo. 6) Conocer, discutir y por consenso diferir o legitimar los acuerdos de convivencia del Consejo Educativo. 7) Promover e impulsar la articulación con las organizaciones comunitarias lo relacionado con el calendario socioproductivo, político, y educativo venezolano definido en el plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, de acuerdo a las necesidades reales de la comunidad y el proyecto de país. 8) Garantizar el acto revocatorio previa solicitud del Consejo Educativo, transcurrido la mitad del período para el cual fueron electos las voceras y los voceros integrantes de los Comités.------------------------------------------
 Se sometió a la consideración de la Asamblea Escolar la integración de los distintos Comités quedando integrados de la siguiente manera: _________________________________. La Asamblea autoriza a la ciudadana _____________________, C.I.: _______________, para la protocolización de esta Acta Constitutiva única ubicada a tal efecto en _________________. Terminada la reunión, se dio lectura de Acta y el Consejo Educativo Firma: __________________________________________________________________
En la Ciudad de Cumaná, a los dieciséis días del mes de Noviembre del 2012

sábado, 3 de noviembre de 2012

RESOLUCIÓN 058 DE LOS CONSEJOS EDUCATIVOS




1
DM/Nº Caracas,
202° y 153°
De conformidad con lo establecido en el artículo 102 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, en uso de las atribuciones conferidas en el
artículo 77 numeral 19 del Decreto Nº 6.217 con Rango, Valor y Fuerza de Ley
Orgánica de la Administración Pública, en el artículo 16 numeral 1 del Decreto Nº
6.732 sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional;
concatenado con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Orgánica de
Procedimientos Administrativos, artículo 5 numeral 2 de la Ley del Estatuto de la
Función Pública; en concordancia con los artículos 4, 5, 6 numeral 2 literales “a” y
“g”, numeral 3 literal “e” y numeral 4 literales “a” y “b”, artículos 20 y 21 de la Ley
Orgánica de Educación,
PROPÓSITO
Con el supremo compromiso sustentado en valores éticos, morales, humanísticos,
y culturales, la presente Resolución tiene como propósito democratizar la gestión
escolar, con base en el modelo sociopolítico de la democracia participativa y
protagónica establecida en nuestra Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (1999).
Ello significa que los actores claves y otros corresponsables del proceso
educacional participan activamente en los asuntos de interés de determinada
comunidad educativa, mediante la organización de colectivos de estudiantes,
docentes, padres, madres y representantes, directivos, quienes tendrán su vocería
en el Consejo Educativo participando directamente en la toma de decisiones; así
como establecer los necesarios vasos comunicantes entre la escuela o el liceo y la
localidad donde ella se encuentra inserta, propiciando de esta manera una
formación para el ejercicio pleno de la nueva ciudadanía.
También, con la creación del Consejo Educativo se pretende desarrollar soluciones
a los problemas que aquejan a cada institución educativa, yendo incluso más allá
de los muros del recinto escolar.
Esta propuesta es el resultado de un proceso de sistematización de lo presentado y
discutido en las mesas de trabajo realizadas a nivel municipal, regional y nacional.
CONSIDERANDO
a) Los cambios políticos, socioeconómicos, culturales, ambientales, ecológicos y
educativos que hoy se viven en Venezuela ameritan un instrumento legal de las
comunidades educativas, que regule su organización y funcionamiento acordes
a estas realidades.
b) La soberanía reside intransferiblemente en el Pueblo, quien la ejerce
directamente en la forma prevista en la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela. (CRBV). Art. 5.
c) Todas las ciudadanas y ciudadanos tienen derecho a participar libremente en los
asuntos públicos y el deber de cumplir sus responsabilidades sociales y
participar solidariamente en la vida política, civil y comunitaria del país. Art. 6,
51, 62, 72 y 132. CRBV.
d) Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de la
soberanía, la elección de cargos públicos, la asamblea de ciudadanos y
ciudadanas, cuyas decisiones serán de carácter vinculante. Art. 70. CRBV.
e) La democracia protagónica revolucionaria se basa en la defensa, conservación y
desarrollo de la vida humana y en la corresponsabilidad solidaria por la vida del
otro y la otra en comunidad, III Línea Estratégica del Proyecto Nacional Simón
Bolívar. (PNSB).
f) Los ambientes escolares son espacios abiertos los 365 días del año, para la
enseñanza y el aprendizaje, la práctica democrática y la transformación de la
estructura institucional necesaria para el desarrollo del poder popular (III Línea
Estratégica del PNSB).
g) La estrategia de Punto y Círculo focaliza el esfuerzo educativo social y territorial
y genera espacios de encuentro, articulación y sinergia con las instituciones y
colectivos organizados que se hallan en un determinado radio de acción, lo que
permite sentar las bases de unas nuevas relaciones de producción orientadas al
desarrollo pleno del ser humano y su incorporación al trabajo productivo,
cooperativo y liberador, Art. 6. Ley Orgánica de Educación. (LOE).
h) La corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad aseguran los derechos
de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho, Art. 4 de la Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
i) Las familias, las organizaciones comunitarias del poder popular, la gestión
escolar, la comunidad educativa, la organización del estudiantado y las
empresas públicas y privadas son corresponsables de la educación. (Capítulo 2
LOE).
j) Las familias, la escuela, la sociedad y el Estado son corresponsables en el
proceso de educación ciudadana y el desarrollo integral de niños, niñas y
adolescentes, jóvenes, adultos y adultas, de su formación, participación,
cooperación, protagonismo y solidaridad para lo cual contribuye en su
organización. (Art. 17 LOE.).
k) El Estado, a través del órgano con competencia en el subsistema de educación
básica, ejerce la orientación, la dirección estratégica y la supervisión del proceso
educativo y estimula la participación comunitaria, incorporando tanto los
colectivos internos de la escuela, como a diversos sujetos sociales comunitarios,
participantes activos de la gestión escolar en las instituciones educativas, en lo
atinente a la formación, ejecución y control de gestión escolar bajo el principio
de corresponsabilidad (Art. 19 LOE).
l) Los consejos comunales son instancias de participación, articulación e
integración entre las ciudadanas y ciudadanos de las diversas organizaciones
comunitarias, movimientos sociales y populares que permiten al pueblo
organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas
públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades
y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de
sociedad socialista, de igualdad, equidad y justicia social (Art. 2 de la Ley
Orgánica de los Consejos Comunales).
m) La existencia efectiva de formas y mecanismos de participación directa de los
ciudadanos y ciudadanas en la formulación, ejecución y control de los planes,
programas y proyectos vinculados a los aspectos territoriales, políticos,
económicos, sociales, culturales, ecológicos, de seguridad y defensa (Art. 7,
numeral 5 de Ley Orgánica de las Comunas).
RESUELVE
Establecer la normativa y procedimiento para el funcionamiento del Consejo
Educativo.
4
CAPÍTULO 1
Disposiciones Fundamentales
El Consejo Educativo se regirá por la presente Resolución, la cual desarrolla las
normas y los procedimientos a ser cumplidos por sus integrantes.
El Estado garantiza a través del Ministerio del Poder Popular para la Educación,
como órgano rector con competencia en el subsistema de educación básica, la
formación integral y permanente de las y los estudiantes, padres, madres,
representantes, responsables, docentes, trabajadoras administrativas y
trabajadores administrativos, obreras y obreros de las instituciones educativas, así
como el desarrollo del potencial creativo de todas y todos los actores claves del
proceso educacional, a efecto de garantizar la ejecución de todas las acciones
reglamentadas y vinculadas con la gestión escolar.
Objeto de la Norma
Artículo 1.
La presente norma tiene como objeto regular y desarrollar los principios, valores y
procesos que garanticen una gestión escolar articulada, coordinada e integrada del
Consejo Educativo en las instituciones educativas del subsistema de educación
básica, de acuerdo a lo establecido en los principios y preceptos constitucionales
de la República Bolivariana de Venezuela.
Regula la planificación, ejecución, seguimiento, control, supervisión y evaluación
de los diversos planes, programas, proyectos, actividades y servicios en el marco
del Estado docente y la Política Pública del Estado venezolano, sustentados en el
humanismo social y en la doctrina bolivariana.
Principios y Valores
Artículo 2.
Los principios que rigen el Consejo Educativo son la democracia participativa y
protagónica, la responsabilidad y corresponsabilidad, la justicia e igualdad social, la
formación para la independencia, la libertad y emancipación, la cultura para la paz,
el desarrollo de la conciencia social, el respeto a los derechos humanos, la equidad
e inclusión, la sustentabilidad, la igualdad de género, la identidad nacional, la
lealtad a la Patria, la defensa de la integridad territorial, la soberanía nacional e
integración latinoamericana y caribeña, el respeto a la autodeterminación de los
pueblos y la suprema felicidad social para el vivir bien.
Se consideran como valores fundamentales el respeto a la vida, el amor, la
fraternidad, la convivencia, la cooperación, el compromiso, la honestidad, la
lealtad, la tolerancia, el carácter humanista social, la valoración del bien común, la
valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad de los diferentes
grupos humanos, reconociendo la interculturalidad bajo el principio de igualdad de
las culturas.
De la Definición del Consejo Educativo
Artículo 3.
El Consejo Educativo es la instancia ejecutiva, de carácter social, democrática,
responsable y corresponsable de la gestión de las políticas públicas educativas en
articulación inter e intrainstitucional y con otras organizaciones sociales. Concebida
como el conjunto de colectivos sociales vinculados con las instituciones educativas
en el marco constitucional y en las competencias del Estado docente. Sus
integrantes actuarán en el proceso educativo de acuerdo con lo establecido en las
Leyes que rigen el Sistema Educativo venezolano, fundamentada en la doctrina de
nuestro Libertador Simón Bolívar.
De la Conformación del Consejo Educativo
Artículo 4.
El Consejo Educativo está conformado por padres, madres, representantes,
responsables, estudiantes, docentes, trabajadores administrativos y trabajadoras
administrativas, obreros y obreras de las instituciones educativas, desde la
educación inicial hasta la educación media general y media técnica y todas las
modalidades del subsistema de educación básica. También podrán formar parte de
la comunidad educativa las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las
diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones educativas.
De los Objetivos del Consejo Educativo
Artículo 5.
1. Garantizar el desarrollo y defensa de una educación integral y permanente, de
calidad para todas y todos, democrática, gratuita, obligatoria, liberadora,
transformadora, emancipadora como derecho humano y deber social
fundamental en igualdad de condiciones y oportunidades, sin discriminación,
sin distingo de edad, género, con respeto a sus potencialidades, a la diversidad
étnica, lingüística y cultural, atendiendo a las características locales, regionales
y nacionales.
6
2. Impulsar la formación integral de las ciudadanas y los ciudadanos,
fortaleciendo sus valores éticos, humanistas sociales, garantizando la
convivencia comunal, sus deberes y derechos colectivos.
3. Profundizar desde el proceso curricular, los ejes integradores: ambiente y
salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura de paz, lenguaje,
trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y las tecnologías
de la información libre, a partir de la conformación de colectivos de
aprendizaje.
4. Garantizar la organización del Consejo Educativo y su funcionamiento en los
niveles y modalidades del subsistema de educación básica.
5. Propiciar espacios de participación protagónica y corresponsable para la
organización, planificación, ejecución, control, seguimiento y evaluación del
Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC), a partir de la concepción de la
escuela como uno de los centros del quehacer comunitario y la comunidad
como centro del quehacer educativo.
De la Duración y Registro del Consejo Educativo
Artículo 6.
La duración en el cumplimiento de las funciones de los órganos constitutivos del
Consejo Educativo, es de un (01) año contado a partir del momento de la elección
y podrán ser reelegidas y reelegidos, pudiendo ser revocadas y revocados al
cumplir la mitad de su periodo (Art.72 de la CRBV 1999).
El Registro del Consejo Educativo se realiza después de la elección y conformación
de cada uno de los Comité que la constituyen, a través de una Taquilla Única que
se instale en la Zona Educativa, Municipio o Distritos Escolares correspondientes y
en la Dirección de Comunidades Educativas del Nivel Central en el Ministerio del
Poder Popular para la Educación, en un tiempo no mayor de cuarenta y cinco (45)
días continuos.
De la Conformación y Organización del Consejo Educativo
Artículo 7.
Son órganos constitutivos del Consejo Educativo los Comité de: Madres, Padres,
Representantes y Responsables; Académico; Seguridad y Defensa Integral;
Comunicación e Información; Ambiente y Salud Integral; Deportes, Actividad Física
y Educación Física; Cultura; Infraestructura y Hábitat Escolar; Estudiantes;
Contraloría Social y, de otros que se consideren pertinentes, siempre y cuando su
conformación sea impar. Así como, la directiva de la institución educativa, la cual
7
tiene un solo voto en el proceso de decisión que defina esta instancia, desde la
educación inicial hasta la educación media y todas las modalidades en el
subsistema de educación básica. Asimismo, pueden formar parte de esta instancia
las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes
organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones educativas (Art. 20 de
la LOE 2009).
Son funciones del Consejo Educativo las siguientes
:
1. Participar en el diseño de estrategias que contribuyan con el desarrollo
socioproductivo a partir del Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) en
correspondencia con los Proyectos de Aprendizaje (PA).
2. Articular, integrar y coordinar de manera intra e interinstitucional mecanismos
orientados al fortalecimiento de la gestión escolar, garantizando
permanentemente la organización estudiantil en el subsistema de educación
básica.
3. Coordinar acciones que contribuyan con la formación de una conciencia
ecológica a fin de preservar, defender la biodiversidad, la sociodiversidad, las
condiciones ambientales y el aprovechamiento racional de los recursos
naturales.
4. Elaborar y ejecutar acuerdos de convivencia escolar y comunitaria de las
instituciones educativas oficiales y privadas, donde todas y todos los
responsables y corresponsables de la instancia orgánica escolar deben
participar de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y demás Leyes, Normativas y presentarlas en
Asamblea Escolar del Consejo Educativo para su aprobación.
5. Aplicar mecanismos de contraloría social en los aspectos pedagógicos,
curriculares y administrativos, que permitan de manera protagónica,
participativa y corresponsable la evaluación de la gestión de planes, programas
y proyectos educativos (Centros Bolivarianos de Informática y Telemática,
Canaima, socioproductivos, entre otros) de las instituciones educativas oficiales
y privadas, en correspondencia con el Proyecto Nacional Simón Bolívar y la
política pública del Estado.
6. Promover una cultura para el conocimiento, compresión, uso, análisis crítico y
reflexivo de contenidos de los medios de comunicación social, públicos,
privados y alternativos, para el fortalecimiento de la convivencia ciudadana,
territorialidad y nacionalidad, estableciendo corresponsabilidad con la
conformación y activación de un órgano constitutivo de usuarias y usuarios,
haciendo uso de los recursos que dispone el Estado para la contraloría social.
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7. Organizar el voluntariado social como escuela generadora de consciencia social
y activadora del deber transformador de cada instancia de trabajo.
8. Sistematizar, socializar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión
escolar en el ámbito local, municipal, regional y nacional.
9. Convocar y coordinar asambleas de voceras y voceros de las instituciones
educativas oficiales y privadas, viabilizando los procesos para la toma de
decisiones en colectivo sobre los asuntos de la gestión escolar.
10. Desarrollar en las y los docentes, las familias y la comunidad de forma
integrada, la formación permanente en las políticas educativas y en las
temáticas relacionadas con los ejes integradores para el proceso curricular:
ambiente y salud integral, interculturalidad, derechos humanos y cultura de
paz, lenguaje, trabajo liberador, soberanía y defensa integral de la Nación y
tecnologías de la información libre en el marco de la gestión educativa.
11. Contribuir con la gestión escolar en cuanto a la calidad de los servicios
educativos que prestan las instituciones educativas oficiales y privadas,
generando mecanismos de relación y articulación intra e interinstitucional con
los entes gubernamentales, comunitarios y demás empresas públicas, de
acuerdo con sus características y en correspondencia con las políticas
intersectoriales del Estado y los planes generales de desarrollo local, regional y
nacional.
12. Impulsar la materialización de los planes, programas y proyectos comunitarios
que viabilicen el proceso educativo y formativo de todas y todos.
13. Apoyar la construcción de estrategias, organización y funcionamiento de los
servicios alimenticios y nutricionales para la consolidación de la soberanía y
seguridad agroalimentaria sana, sabrosa, segura y saludable a través de los
planes, programas y proyectos que respondan a la política pública del Estado.
14. Desarrollar acciones conducentes al mantenimiento y conservación de la planta
física, bienes muebles e inmuebles, seguridad de las instalaciones y ambientes
de la institución educativa.
15. Coordinar esfuerzos entre las y los colectivos para asegurar en el ámbito
escolar, familiar, comunitario y otras instituciones de carácter social, la
educación en valores éticos, humanista social, democráticos y los derechos
humanos de acuerdo a lo establecido en el Proyecto Nacional Simón Bolívar y
las Leyes promulgadas.
9
16. Organizar actividades recreativas, culturales, deportivas, educativas en las
instituciones y comunidades que exalten, fortalezcan y afiancen los valores
patrios, la interculturalidad, identidad, diversidad socio cultural, biodiversidad y
sociodiversidad, sentido de pertenencia y pertinencia geohistórica y otros
elementos constitutivos de la venezolanidad, con visión caribeña,
latinoamericana y mundial, en el marco del vivir viviendo.
17. Realizar actividades que contribuyan al desarrollo y defensa del derecho a una
educación integral, gratuita, obligatoria, liberadora, transformadora,
bolivariana y de calidad para todas y todos, en igualdad de condiciones y
oportunidades, sin discriminación étnica cultural, color, sexo, creencias, cultura
u otra que limite el ejercicio de sus deberes y derechos.
18. Coordinar, orientar y ejecutar acciones de carácter pedagógico y administrativo
que se desarrollan en las instituciones educativas, a los fines de contribuir a la
eficiencia y eficacia de la gestión escolar.
19. Presentar trimestralmente ante la Asamblea Escolar el informe de los avances
y resultados de la gestión escolar.
De los Comité y el Consejo Estudiantil
Son instancias conformadas por las vocerías de los actores claves del proceso
escolar para ejercer funciones específicas, atendiendo a las necesidades y
desarrollo de las potencialidades, en corresponsabilidad con los principios y valores
establecidos en la Ley Orgánica de Educación (LOE 2009) y demás leyes
vinculantes.
Articulan y promueven la participación e integración de las organizaciones
educativas, comunitarias y sociales, para garantizar el derecho a una educación
integral y de calidad para todas y todos.
Los Comité están conformados por vocerías previamente elegidas y elegidos por
todos los actores claves del proceso educacional, quienes serán propuestas y
propuestos ante la Asamblea Escolar para someterlas a aprobación o no por la
mayoría de los participantes en dicha Asamblea. Las corresponsabilidades de estas
vocerías son de articulación, coordinación e impulso de las acciones
correspondientes a los planes, programas y proyectos que se generen en cada
Comité, bajo los principios de unidad, solidaridad, disciplina, ayuda mutua,
honestidad, transparencia con compromiso con los intereses de la Asamblea
Escolar y de la Patria.
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Del Consejo Estudiantil
El Consejo Estudiantil es la instancia organizativa y corresponsable del colectivo de
las y los estudiantes inscritas e inscritos en cada institución educativa oficial y
privada. El poder popular estudiantil actúa de forma participativa, protagónica y
corresponsable junto con el Consejo Educativo en los diferentes ámbitos, planes,
programas, proyectos educativos y comunitarios en un clima democrático, de paz,
respeto, tolerancia y solidaridad.
El Consejo Estudiantil está conformado por las vocerías de las y los estudiantes de
los niveles y modalidades del subsistema de educación básica. Las y los
estudiantes deben organizarse en Consejos Estudiantiles.
Son funciones del Consejo Estudiantil las siguientes:
1. Participar en forma protagónica en las diferentes acciones, ámbitos, planes,
programas y proyectos educativos y comunitarios, ejerciendo sus derechos y
deberes como sujetos sociales en un clima democrático, de respeto, paz,
tolerancia y solidaridad, contribuyendo con la armonía y el buen
funcionamiento de las instituciones educativas.
2. Convocar a sus voceras y voceros a reuniones ordinarias y extraordinarias, en
cada una de las instituciones educativas.
3. Organizar las actividades referidas a la defensa de nuestra identidad,
preservación y conservación del patrimonio ambiental, histórico y cultural.
4. Asumir corresponsablemente el compromiso del mantenimiento de la planta
física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes pertenecientes a las
instituciones educativas. Asimismo, en el desarrollo de acciones que
disminuyan factores de riesgo y potencien los factores de protección.
5. Participar en la construcción del Proyecto Educativo Integral Comunitario
(PEIC), Proyectos de Aprendizajes (PA) y otras formas de organizaciones de
los aprendizajes en las instituciones educativas, en aras de la integración de
las familias, escuela y comunidad, a fin de garantizar las transformaciones que
ellos requieran.
6. Articular con otras instituciones educativas para la organización y desarrollo de
los Comité Estudiantiles hacia la conformación de redes estudiantiles locales,
regionales y nacionales.
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7. Sistematizar y divulgar a través de diferentes formas de comunicación, las
experiencias organizativas del Comité Estudiantil a nivel local, regional,
nacional e internacional.
8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Del Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables
Es la instancia de participación del colectivo social para ejercer funciones
enmarcadas en la formación de principios, creencias, actitudes, hábitos, valores
como el respeto, reflexión para concretizar en lo local, regional y nacional la
responsabilidad y corresponsabilidad de las familias, escuela, sociedad y el Estado.
El Comité de Madres, Padres, Representantes y Responsables está conformado por
las vocerías de las madres, padres, representantes y responsables, como también
por las vocerías de los colectivos sociales de la comunidad y de la escuela,
reconociendo el hogar como la primera instancia socializadora, responsable y
corresponsable en los procesos de aprendizaje y desarrollo de sus hijas e hijos.
Son Funciones del Comité de Madres, Padres, Representantes y
Responsables las siguientes:
1. Asistir a las Asambleas ordinarias y extraordinarias convocadas por el Consejo
Educativo, a través de las y los voceros y viabiliza sus decisiones.
2. Participar en actividades educativas, sociales, asistenciales, económicas,
culturales, artísticas, deportivas y recreativas promovidas por el Consejo
Educativo u otra instancia comunitaria o del Estado.
3. Participar en la construcción, ejecución, control, seguimiento y evaluación del
Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC).
4. Organizar, promover y ejecutar jornadas de conservación, mantenimiento y
recuperación de los bienes, muebles e inmuebles e infraestructura de las
instituciones educativas.
5. Promover la articulación de las familias, escuela y comunidad para coadyuvar
en la atención educativa integral en los procesos de enseñanza-aprendizaje de
las niñas, niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos, participando en la
elaboración y ejecución de los planes de acción.
6. Sistematizar y difundir las prácticas e innovaciones de la gestión escolar, en el
ámbito local, municipal, regional y nacional.
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7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar
.
Del Comité Académico
El Comité Académico es la instancia que contribuye a la formación permanente e
integral de las ciudadanas y los ciudadanos responsables y corresponsables de la
gestión escolar. Apoya en el desarrollo de potencialidades para aprender y propicia
la construcción e innovación del conocimiento, de los saberes, fomentando la
actualización, el mejoramiento y el desarrollo profesional de quienes lo integran.
El Comité Académico está conformado por las vocerías del Colectivo de Formación
e Investigación Permanente, estudiantes, trabajadoras administrativas,
trabajadores administrativos, directivas, directivos, docentes, obreras y obreros.
Son funciones del Comité Académico las siguientes:
1. Impulsar la formación permanente e integral de todas y todos los responsables
y corresponsables que constituyen el Consejo Educativo, en los aspectos
ecológicos, ambientales, culturales, recreativos, deportivos, socioproductivos,
agroalimentarios, de salud, comunicacional, de investigación e innovación,
tecnológico, experiencias y saberes originarios con el fin de generar una
nueva ciudadanía con responsabilidad social y soberanía cognitiva, que
coadyuve el desarrollo pleno de la personalidad para la transformación social
consustanciados con los valores del humanismo democrático, así como la
identidad nacional y con visión latinoamericana y caribeña.
2. Promover la actualización y mejoramiento del nivel de conocimiento y
desempeño de las y los responsables de la formación de ciudadanas y
ciudadanos.
3. Participar conjuntamente con los demás integrantes del Consejo Educativo en
la planificación y ejecución de la evaluación del desempeño de las y los
responsables de la gestión escolar.
4. Impulsar el proceso curricular según la realidad local, municipal, regional y
nacional en el marco del enfoque geohistórico.
5. Participar protagónicamente con los demás integrantes del Consejo Educativo
en la gestión escolar.
6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
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7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Del Comité de Comunicación e Información
Es la instancia que contribuye a la promoción, divulgación y comunicación referida
a las variables escolares mediante el trabajo articulado con la red de medios
públicos y comunitarios.
El Comité de Comunicación e Información está conformado por las vocerías de
estudiantes, directivas, directivos, docentes, trabajadoras administrativas,
trabajadores administrativos, obreras, obreros y las organizaciones comunitarias
del poder popular.
Son funciones del Comité de Comunicación e Información las siguientes:
1. Impulsar la conformación de formas y medios de comunicación (impresos,
radiales y audiovisuales) en las instituciones educativas y en la comunidad.
2. Hacer uso de la tecnología de la información y la comunicación para coordinar,
organizar y orientar la gestión escolar.
3. Participar en la creación y organización de un sistema de comunicación
institucional, comunitario y alternativo, así como en la conformación del comité
de usuarias y usuarios para promover y defender los derechos e intereses
comunicacionales de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y
adultos.
4. Participar y articular acciones con los medios públicos, alternativos y
comunitarios para el apoyo y difusión de las actividades y programas
educativos, sociales y culturales que promuevan la conciencia social,
convivencia en armonía, amor, respeto, paz y tolerancia en el marco del vivir
bien.
5. Impulsar la conformación de los Comité de usuarias y usuarios voluntarios con
el propósito de fortalecer el uso reflexivo y crítico de los mensajes trasmitidos
a través de los medios de comunicación social.
6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Del Comité de Seguridad y Defensa Integral
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Es la instancia encargada de ejercer acciones dirigidas a la prevención, seguridad,
defensa y protección, en el marco de la responsabilidad y la corresponsabilidad,
orientado por valores de respeto, reflexión y participación, entre otros.
Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables,
estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores
administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Seguridad y Defensa Integral las siguientes:
1. Elaborar y coordinar un plan de promoción, defensa, prevención y protección
integral para las instituciones educativas, en el cual se articulan acciones
conjuntas entre familia, escuela y comunidad.
2. Impulsar acciones para la formación permanente del Consejo Educativo que
potencien una cultura de defensa, prevención y protección integral frente a
situaciones que se constituyen en amenazas, vulnerabilidades y riesgos para la
integridad de las niñas, los niños, adolescentes, jóvenes, adultas y adultos.
3. Articular estrategias para la seguridad y protección de las niñas, los niños,
adolescentes, jóvenes, adultas y adultos y la protección de las instituciones
educativas, con los entes de seguridad ciudadana tales como: Policía Nacional
Bolivariana, Bomberos, Protección Civil, Guardia Nacional Bolivariana, Tránsito
Terrestre, Milicia Nacional Bolivariana, Comité de Seguridad de los Consejos
Comunales y Comunas, Salas de Batalla, Oficina Nacional Antidrogas (ONA),
Fundación José Félix Ribas y Dispositivo Bicentenario de Seguridad Ciudadana
(DBISC), entre otros.
4. Contribuir con la formación de los colectivos de gestión integral de riesgo en la
elaboración de planes de emergencia, señalizaciones de seguridad, mapas de
estrategias para la seguridad y protección de las niñas, niños, adolescentes,
jóvenes, adultas, adultos y la protección de las instituciones educativas.
5. Impulsar y elaborar sistemas de alerta temprana, simulacros en situaciones de
emergencias, entre otros, en el marco de la articulación intra e
interinstitucional y la comunidad para la prevención de riesgos.
6. Realizar inventario de los daños causados en las instituciones educativas,
correspondientes a bienes materiales, seres humanos y gestionar ante los
organismos competentes las soluciones pertinentes a las realidades
evidenciadas.
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7. Impulsar jornadas culturales, recreativas y deportivas que contribuyan a la
formación permanente e integral de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes,
adultas y adultos de las instituciones educativas y comunidades.
8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
9. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Ambiente y Salud Integral
Es la instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción,
prevención, conservación y preservación del ambiente a favor de la salud integral,
orientado por valores de fraternidad, responsabilidad, corresponsabilidad,
cooperación y la convivencia en el marco de la solidaridad.
Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables,
estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores
administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Ambiente y Salud Integral las siguientes:
1. Impulsar acciones en el marco del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral
para potenciar el desarrollo local, regional y nacional, a través de experiencias,
saberes populares y ancestrales que contribuyan con la preservación y
conservación del ambiente y de la salud integral de las familias, la escuela y la
comunidad.
2. Fortalecer la función social de la escuela a través del desarrollo de jornadas de
de prevención y promoción para potenciar la salud integral de las niñas, niños,
jóvenes, adolescentes adultas y adultos, con articulación intra e
interinstitucional, tales como: Barrio Adentro, Comité de los Consejos
Comunales y Comunas, Centros de Diagnóstico Integral, Hospitales, Instituto
Nacional de Nutrición, entre otros.
3. Impulsar la formación permanente integral de los actores claves del proceso
educacional para que participen reflexiva, crítica y creativamente en el sistema
alimentario de las instituciones educativas y en la preservación y conservación
del ambiente.
4. Garantizar la salud integral a través de acciones que creen conciencia individual
y colectiva de una alimentación autóctona, sana, segura, balanceada, nutritiva y
sabrosa en las familias, escuela y la comunidad, a través de la supervisión,
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seguimiento, control y evaluación del servicio alimentario de las instituciones
educativas.
5. Promover una educación en salud preventiva con el uso de la medicina
alternativa, como parte de los saberes populares y ancestrales en lo local,
regional y nacional.
6. Crear colectivos ambientalistas y ecológicos para la protección del ambiente,
defensa del patrimonio cultural, ambiental y la soberanía nacional.
7. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Del Comité de Deportes, Actividad Física y Educación Física
Es la Instancia encargada de impulsar acciones dirigidas a la promoción,
organización, fomento y administración del deporte, la actividad física y la
educación física con fines educativos y sociales, orientada por los principios y
valores de identidad nacional, democracia participativa y protagónica, soberanía,
justicia, honestidad, libertad, respeto a los derechos humanos, igualdad, lealtad a
la patria y sus símbolos, equidad de género, cooperación, autogestión,
corresponsabilidad, solidaridad y protección del ambiente.
Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables,
estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores
administrativas, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Deportes, Actividad Física y Educación
Física las siguientes:
1. Articular con el Ministerio del Poder Popular para el Deporte a los fines de
planificar, ejecutar y evaluar las actividades físicas y de educación física en las
instituciones educativas.
2. Crear colectivos de deportes y actividad física que fortalezcan la salud integral
de las y los estudiantes, las familias, la comunidad educativa en general y la
comunidad circundante.
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3. Garantizar el desarrollo de los deportes y la educación física mediante planes
proyectos y programas propuestos por las organizaciones comunitarias y las
instituciones del Estado.
4. Crear alternativas de vida que formen parte de la conciencia social, que tributen
a la cultura física, al vivir bien y al desarrollo de habilidades deportivas en las
diferentes disciplinas.
5. Garantizar el cuido y mantenimiento de las instalaciones deportivas existentes
en las instituciones educativas.
6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
7. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la
población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica
sistemática de deportes, actividades físicas y la educación física.
8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Del Comité de Cultura
Es la instancia responsable de organizar, orientar e impulsar el reconocimiento de
las culturas a través actividades locales, regionales y nacionales en las instituciones
y centros educativos, promoviendo la formación integral con la finalidad de aportar
estrategias para el desarrollo de sus capacidades creativas, expresivas y
recreativas siempre bajo un espíritu de inclusión y vinculadas a la gestión escolar.
Está conformado por las madres, padres, representantes y responsables,
estudiantes, docentes, directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores
administrativos, obreras, obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
Son funciones del Comité de Cultura las siguientes:
1. Promover la construcción de la identidad nacional, recuperando colectivamente
su historia, descubriendo y preservando sus raíces, tradiciones y luchas
nacionales libertarias.
2. Impulsar proyectos culturales permanentes e integrales que contribuyan a
convertir la escuela en el eje dinamizador de la actividad comunitaria.
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3. Estructurar y desarrollar programas de apoyo para el sistema de redes
escolares y culturales en cada instancia de organización y participación
comunitaria.
4. Promover y participar en actividades culturales que contribuyan al desarrollo y
consolidación del PEIC y la integración de toda la comunidad educativa en la
gestión escolar.
5. Desarrollar e integrar las actividades culturales con los ejes integradores del
proceso curricular.
6. Planificar, organizar y participar en actividades culturales articulando con la
Misión Cultura, las organizaciones comunitarias e instituciones del estado a
nivel local, regional y nacional.
7. Fortalecer las potencialidades creativas, expresivas de las y los estudiantes,
directivos, docentes, padres, madres, responsables, representantes y de la
comunidad en general, reconociendo y respondiendo a las culturas originarias
de los pueblos y comunidades indígenas y afrovenezolanas, valorando su
idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y organización social que
constituyen los valores de la Nación.
8. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
9. Garantizar los planes, programas y proyectos para la incorporación de la
población estudiantil en cualquiera de sus niveles y modalidades, a la práctica
sistemática de actividades culturales.
10. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar
Es la instancia organizativa encargada de gestionar, promover, planificar y evaluar
las acciones intra e interinstitucionales dirigidas a la construcción, ampliación,
mantenimiento, rehabilitación, dotación y preservación de los bienes nacionales y
la infraestructura de la planta física escolar.
El Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar está conformado por las vocerías de
las madres, padres, representantes y responsables, estudiantes, docentes,
directivos, trabajadoras administrativas, trabajadores administrativos, obreras,
obreros y organizaciones comunitarias, entre otros.
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Son funciones del Comité de Infraestructura y Hábitat Escolar las
siguientes:
1. Caracterizar las condiciones de los espacios educativos en los siguientes
aspectos: ubicación geográfica, tipo de terreno, medios de accesibilidad, planta
física, sistema eléctrico, instalaciones sanitarias, ambientación, áreas verdes,
dotación (mobiliarios y equipos), entre otros.
2. Elaborar y presentar ante la Asamblea Escolar un plan de acción previamente
discutido, para atender las necesidades detectadas en función de generar las
posibles alternativas de solución.
3. Impulsar y garantizar que las infraestructuras escolares existentes y las que
sean construidas respondan a las normas de accesibilidad y los criterios de
calidad establecidos para la construcción de la planta física escolar.
4. Organizar y desarrollar jornadas permanentes para el mantenimiento y
preservación de la planta física, materiales, equipos, mobiliarios y otros bienes
pertenecientes a las instituciones educativas. Asimismo, jornadas para la
seguridad, protección y vigilancia de la infraestructura escolar.
5. Planificar y desarrollar de manera articulada con los organismos competentes y
las organizaciones comunitarias, actividades de promoción y prevención en el
marco de la gestión integral del riesgo y de desastres.
6. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar, en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
7. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
Del Comité de Contraloría Social
Es la instancia del Consejo Educativo encargado de la prevención, supervisión,
acompañamiento, seguimiento, control y evaluación de la gestión escolar, antes,
durante y después de la ejecución de los planes, programas, proyectos, y acciones
de interés colectivo, basada en los principios de justicia, equidad, transparencia,
corresponsabilidad, celeridad, honestidad, ética para la protección y defensa del
buen uso de todos los recursos disponibles de la gestión escolar.
El Comité de Contraloría Social está conformado por las vocerías de los distintos
Comité que integran el Consejo Educativo, así como las vocerías de las
organizaciones comunitarias.
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Son funciones de la Contraloría Social los siguientes:
1. Prevenir, supervisar, acompañar, seguir, controlar y evaluar la gestión escolar
de los planes, programas, proyectos y acciones de interés colectivo que se
planifiquen, ejecuten y desarrollen en las instituciones educativas.
2. Procesar y evaluar los planteamientos presentados por las y los integrantes de
los colectivos sociales en relación a la gestión de los Comité que conforman el
Consejo Educativo e informar de manera oportuna a la Asamblea Escolar.
3. Divulgar los soportes jurídicos vinculantes al Consejo Educativo y garantizar su
cumplimiento.
4. Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos
pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras que viabilizan el currículo,
los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios académicos, la
cuadratura, la sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las
estadísticas de las instituciones educativas.
5. Supervisar, acompañar, controlar y evaluar la calidad y funcionamiento de los
bienes y servicios, obras de infraestructura ejecutadas en las instituciones
educativas; así como los procesos relacionados con el servicio alimentario
(insumos, abastecimiento, procesamiento y distribución), higiene,
manipulación y calidad de los alimentos, menú suministrado y contratación de
los servicios, entre otros.
6. Establecer mecanismos para conocer, procesar, denunciar y hacer seguimiento
ante los organismos competentes de las irregularidades pedagógicas,
administrativas y jurídicas detectadas en las instituciones educativas.
7. Sistematizar y difundir las experiencias e innovaciones de la gestión escolar en
el ámbito local, municipal, regional y nacional.
8. Elaborar y presentar informes trimestrales de gestión de las actividades ante la
Asamblea Escolar.
De la Asamblea Escolar
La Asamblea Escolar es la máxima instancia de participación, deliberación y toma
de decisión del Consejo Educativo, para dar cumplimiento a lo establecido en las
leyes y demás normas que rigen el subsistema de educación básica.
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Constitución de la Asamblea Escolar
La Asamblea estará conformada por las y los responsables y corresponsables como
sujetos claves del proceso educativo, vinculados a la gestión escolar.
Decisiones de la Asamblea Escolar
Las decisiones serán tomadas por consenso de la mayoría de las y los asistentes a
la Asamblea Escolar vinculados a la gestión escolar.
Son funciones de la Asamblea Escolar las siguientes:
1. Aprobar y legitimar el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) con sus
respectivos planes, programas, proyectos y recursos, de acuerdo a la política
educativa del Estado.
2. Aprobar el documento de Registro del Consejo Educativo y sus normas de
funcionamiento, en un lapso no mayor de tres (03) meses a partir del inicio del
año escolar.
3. Definir criterios para la revocatoria del mandato de las y los integrantes de los
diferentes Comité, partiendo de lo establecido en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (1999), La Ley Orgánica de Educación (2009), La Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2007) y el conjunto
de Leyes del Poder Popular (2010) que garantizan los derechos de las
ciudadanas y los ciudadanos.
4. Discutir, aprobar o revocar los proyectos de comunicación alternativa, salud,
socio-productivos, infraestructura, recreación, actividad física y deportes, los
cuales se enmarcarán en el Proyecto Educativo Integral Comunitario (PEIC) y se
articularán con los proyectos de la comunidad organizada y organismos del
Estado.
5. Discutir y por consenso diferir, aprobar o revocar la Memoria y Cuenta del
Consejo Educativo.
6. Conocer, discutir y por consenso diferir o legitimar los acuerdos de convivencia
del Consejo Educativo.
7. Promover e impulsar la articulación con las organizaciones comunitarias lo
relacionado con calendario socioproductivo y sociocultural, en función del
modelo socioproductivo, político y educativo venezolano definido en el Plan de
Desarrollo Económico y Social de la Nación, de acuerdo a las necesidades reales
de la comunidad y el proyecto de país.
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8. Garantizar el acto revocatorio previa solicitud del Consejo Educativo,
transcurrido la mitad del período para el cual fueron electos las voceras y los
voceros integrantes de los Comité.
De la convocatoria, tipo de Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos
De la convocatoria
Para realizar la convocatoria a las Asambleas será por escrito a todas las
ciudadanas y todos los ciudadanos que conforman el Consejo Educativo, con
setenta y dos (72) horas de antelación, incluyendo la Agenda a tratar, acciones
comunicacionales y de compromiso que promuevan la participación protagónica.
Tipos de Asamblea
La Asamblea será Ordinaria y Extraordinaria. La Asamblea Ordinaria es aquella que
se convoca cada tres (03) meses con la finalidad de abordar y hacer el control y
seguimiento de la gestión escolar. La Asamblea Extraordinaria es aquella que se
convoca cuando lo amerite el caso de acuerdo al Consejo Educativo.
Al inicio de cada año escolar en los primeros quince (15) días se convoca la
primera Asamblea Ordinaria con la finalidad de elegir el Consejo Educativo. Los
perfiles y criterios de postulación deberán ser definidos, tomando en cuenta la
idoneidad, compromiso, solidaridad, ética, valores y principios humanistas sociales,
responsabilidad y corresponsabilidad, honestidad, trabajo, disposición de trabajo
voluntario y colectivo, participación, justicia y respeto. Asimismo, formará parte de
los colectivos internos de la escuela y como actores comunitarios participantes
activos de la gestión escolar.
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DISPOSICIÓN TRANSITORIA
ÚNICA.
El funcionamiento interno de los Comité, el número de personas que los
conforman, así como la designación o no de suplentes, serán establecidos en
reunión de voceras y voceros de cada Comité, de acuerdo a la normativa
contenida en la presente Resolución y en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA:
Se deroga la Resolución Nº 751 de fecha 10 de noviembre de 1986,
publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 33.598, del 14 de
noviembre de 1986, la Resolución Nº 114 de fecha 19 de febrero de 1987,
publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 33.672 de fecha 06
de marzo de 1987 y la Resolución 1.675, de fecha 31 de octubre de 1997,
publicada en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela Nº 36.327 de fecha 05
de noviembre de 1997. Igualmente se deja sin efecto cualquier disposición o
norma que contradiga lo dispuesto en la presente Resolución.
DISPOSICIONES FINALES
1.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
2.
La protocolización, formalización y demás actuaciones del Consejo Educativo
estará exento de cualquier tipo de pago de tributos nacionales y derechos de
registro.
3.
Lo no contemplado en esta Resolución será resuelto por el Ministerio del Poder
Popular para la Educación.
Comuníquese y publíquese
MARYANN HANSON
Ministra